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lunes, 06 de febrero de 2012 Buscar: 

La Audiencia de Alava anula un "clip hipotecario" de Bankinter

LOS SERVICIOS JURÍDICOS DE AUSBANC EMPRESAS CONSIGUEN LA PRIMERA SENTENCIA CONDENATORIA EN EL PAÍS VASCO PARA BANKINTER POR LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS LLAMADOS " CLIP"

Publicado por crisislehman

Los conocidos como Clip Bankinter  y otros productos similares comercializados por otras entidades bancarias: contratos de permuta financiera, intercambios de tipo de interés, Seguros de cuota fija para hipoteca, etc. están generando una verdadera alarma social puesto que fueron comercializados  como "seguros" cuando en realidad se trata  de productos de inversión, de alto riesgo y en absoluto ajustados al perfil del cliente. Ausabanc Empresas está recibiendo multitud de reclamaciones derivadas de la contratación de estos contratos de swap,  a la vez Internet, los servicios de reclamaciones de las entidades, el Banco de España o la CNMV están recibiendo multitud de quejas por lo que los usuarios bancarios consideran un engaño.

El cliente en este caso, se trata de una pequeña empresa de Alava, que se dedica a la importación, a la que se ofreció un llamado Clip Divisa, con el  que supuestamente el cliente lo que se aseguraba era la fluctuación en el mercado de los tipos de cambio de la divisa. Sin embargo, la realidad del funcionamiento del clip puso de manifiesto que el producto sólo generaba perjuicios, y que cuando llegó el momento de la cancelación, Bankinter cargó en la cuenta del cliente la cantidad de 31.475, 77 euros, sin que en forma alguna se le avisara y explicara de dónde surgía dicha liquidación.

La sentencia incide en la defectuosa información a la hora de comercializar el producto, y la oscuridad del contrato, fundamentalmente en aquellas cláusulas en las se puede imputar responsabilidad al cliente, de forma que  tal y como está redactado, no puede ser comprendido por la generalidad de los usuarios, puesto que además se trata de un producto impropio de una pequeña empresa o de particulares.

En el contrato  no se explican los riesgos que asume el cliente al contratarlo ni las fórmulas que la entidad emplea en las liquidaciones y cuya cancelación final, tiene un gran coste para el cliente. Una vez más se pone de manifiesto que las entidades bancarias deben asumir responsabilidad por la comercialización de productos "tóxicos", complejos e inadecuados para sus clientes.

Fuente original:
www.ausbanc.com

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